abril 22, 2026

Tolerancia cero a la calumnia: Nuevo Código Penal permitirá acumular penas por difamación desde agosto.

El panorama legal para el ejercicio de la expresión en la República Dominicana se encamina hacia una transformación radical. A partir de agosto de 2026, con la entrada en vigor de la Ley 74-25 que instituye el nuevo Código Penal, las sanciones por difamación no solo experimentarán un incremento en su severidad, sino que se introducirá la figura de la acumulación de penas, permitiendo condenas significativamente más altas por múltiples infracciones.

Esta reforma sustituye la normativa vigente que limitaba las penas a un máximo de un año, independientemente del canal utilizado, endureciendo las consecuencias para quienes utilicen plataformas digitales, redes sociales o medios tradicionales para afectar el honor ajeno.


El «Concurso de Infracciones»: El fin de la pena única

Uno de los cambios más profundos radica en el artículo 46, que establece el concurso de infracciones. Bajo esta premisa, si una persona comete múltiples actos difamatorios, las sanciones podrán sumarse de manera independiente en lugar de ser absorbidas por la pena mayor.

Trajano Vidal Potentini, presidente del Colegio de Abogados (CARD), aunque reconoció las reservas del gremio ante el aumento de las penas, calificó el cúmulo de sanciones como una fortaleza del nuevo marco legal.

«Es un avance importante. Al igual que en un robo agravado donde se suman las penas por el arma ilegal y la tortura, en la difamación, si hay múltiples hechos independientes, estos se irán sumando», explicó el jurista.


De YouTube a la Radio: Alcance total de la ley

La nueva legislación no deja espacios grises y abarca expresamente las plataformas tecnológicas modernas, adaptando la justicia a la era digital. Serán objeto de persecución penal las difamaciones realizadas en:

  • Redes Sociales: Facebook, Instagram, X (Twitter), entre otras.
  • Servicios de Streaming: Plataformas como YouTube y Twitch.
  • Medios Convencionales: Radio, televisión y prensa escrita o digital.

Además, la reforma crea la figura de la difamación extorsiva, penalizando a quienes utilicen la imputación de hechos para coaccionar o chantajear a terceros.


Comparativa de Sanciones: Ley Actual vs. Código Penal 2026

ConceptoLegislación Vigente (Ley 6132 / Otros)Nuevo Código Penal (Ley 74-25)
Pena de PrisiónHasta 1 año de prisión.2 a 5 años (Prisión menor).
MultasVariables / Reducidas.9 a 15 salarios mínimos del sector público.
Cúmulo de PenasNo permitido (Pena mayor absorbe menores).Permitido (Sanciones independientes sumadas).
Alcance DigitalInterpretativo / Ley de Alta Tecnología.Expreso (Streaming, redes y medios electrónicos).

Definición y Rigor Judicial

El artículo 208 de la nueva norma es tajante al definir la difamación como la imputación pública de un hecho concreto que lesione el honor, la imagen o la dignidad, ya sea de una persona física o de una entidad jurídica.

Con la entrada en vigencia de este código en agosto, las autoridades buscan poner freno a la proliferación de campañas de descrédito y al uso de medios digitales como herramientas de ataque personal. Sin embargo, el sector periodístico y jurídico se mantiene vigilante para asegurar que este endurecimiento no se traduzca en una mordaza a la libertad de prensa o al debate público necesario en una democracia. En este abril de 2026, la cuenta regresiva para la implementación de este nuevo estándar judicial ya ha comenzado. La difamación extorsiva, tipificada en el 209 se configura cuando la imputación se realiza con el objetivo de obtener beneficios o forzar a la víctima a actuar, omitir o tolerar una acción en su perjuicio.

En estos casos, las penas serán más severas, con sanciones de cinco a diez años de prisión mayor y multas de diez a veinte salarios mínimos. Si el hecho es cometido por dos o más personas, la pena podrá alcanzar los diez años y multas de hasta treinta salarios mínimos.

CARD advierte sobre severidad de penas

Vidal Potentini afirmó que el nuevo Código Penal representa un avance en la modernización del sistema jurídico, aunque advirtió que aún requiere importantes correcciones.

Señaló que la normativa incrementa de forma considerable el régimen punitivo, lo que, a su juicio, genera preocupación por una posible «inflación penal» en distintos tipos delictivos, además de que acrecentará la conflictividad.

«Aumenta en un porcentaje exponencial la parte punitiva, una inflación punitiva a penas altísimas y definitivamente que el tema de la libertad de expresión trae consigo mucha preocupación».

Expresó inquietud por el impacto en la libertad de expresión, especialmente por disposiciones que incluyen conductas ambiguas, como gestos, dentro de posibles infracciones por ultraje en contra de funcionarios públicos.

Indicó que el gremio ha identificado múltiples aspectos que deben ser revisados y adelantó que han promovido acciones ante el Tribunal Constitucional para corregir posibles inconstitucionalidades.

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