¿Qué pasa si no cumples las 360 cotizaciones a la hora de pensionarte en RD ?

Sistema Dominicano de Pensiones: devolución de fondos y requisitos para jubilación
El Sistema Dominicano de Pensiones establece que, para acceder a una pensión de retiro, los trabajadores deben haber cotizado un mínimo de 360 aportes, equivalentes a 30 años de trabajo, a través de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Sin embargo, aquellos que no alcancen la cantidad requerida de cotizaciones al llegar a los 60 años o en el momento en que deseen retirarse, pueden optar por la devolución de sus fondos acumulados por concepto de ingreso tardío o acogerse a la Pensión Mínima Garantizada, la cual asciende actualmente a RD$16,000.
Este monto fue ajustado recientemente tras el aumento del 20% al salario mínimo del sector privado no sectorizado, anunciado por el Comité Nacional de Salarios (CNS). Antes de esta modificación, la pensión mínima garantizada era de RD$15,000. Según las regulaciones, este beneficio debe ser revisado y ajustado cada dos años en función de la inflación.
Por otro lado, quienes cumplan o superen las 360 cotizaciones recibirán una pensión superior a los RD$16,000, dependiendo del monto acumulado en su cuenta de capitalización individual. Sin embargo, la primera generación de pensionados con el mínimo requerido no se producirá hasta el año 2033, dado que el sistema de pensiones inició en 2003 y aún no han transcurrido los 30 años requeridos.
“Una persona que comenzó a cotizar a los 45 años, cuando cumpla 60 solo tendrá 15 años de cotización, es decir, la mitad del tiempo necesario. Por esa razón, se devuelve el dinero total”, explicó el Superintendente de Pensiones, Francisco Torres, en una entrevista con De Último Minuto.
Hasta la fecha, el sistema ha devuelto un total de RD$53,783 millones por concepto de ingreso tardío, beneficiando a 242,771 personas.