Análisis doctrinal: La reforma pendiente al Libro Segundo del Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
A más de dos décadas de la entrada en vigencia del Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), juristas, legisladores y especialistas en derecho de familia debaten la actualización de su Libro Segundo. La propuesta busca adecuar la normativa a los preceptos de la Constitución de 2010, los tratados internacionales de derechos humanos y las dinámicas sociofamiliares de la República Dominicana.
El proyecto de reforma sitúa el interés superior del menor no solo como un principio rector abstracto, sino como un derecho sustantivo y una regla de procedimiento de aplicación obligatoria en todas las instancias administrativas y judiciales.
Los seis ejes sustantivos de la reforma
La actualización legislativa articula un cambio de paradigma en el lenguaje y las figuras del derecho de familia dominicano a través de seis dimensiones clave:
- 1. Concepto Plural de Familia: Reconocimiento jurídico expreso de las distintas estructuras familiares existentes en el país (nucleares, monoparentales, reconstituidas o ensambladas, compuestas y matrimonios sin hijos), garantizando igualdad de protección estatal.
- 2. Filiación Socioafectiva: Incorporación de la filiación basada en los lazos de cuidado, afecto y voluntad cotidiana, más allá de la consanguinidad o el vínculo puramente biológico.
- 3. Responsabilidad Parental (Sustitución de «Autoridad Parental»): Reemplazo del enfoque potestas por un concepto centrado en deberes compartidos de protección, que incluye la prohibición explícita del castigo corporal y la tutela frente a riesgos en entornos digitales.
- 4. Cuidado Personal y Régimen de Visitas (Sustitución de «Guarda»): Armonización de la terminología con los estándares iberoamericanos, eliminando fórmulas automáticas en los regímenes de visitas para evaluar el bienestar concreto del menor en entornos de alta conflictividad.
- 5. Efectividad de la Pensión Alimentaria: Extensión de la obligación alimentaria hasta los 21 años para hijos que cursen estudios técnicos o universitarios, creación del Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos y reconocimiento del trabajo de cuidado como aporte económico.
- 6. Agilización Procesal: Desjudicialización de trámites no contenciosos y reducción de etapas procesales para evitar la revictimización en los tribunales de familia.
[NUEVO PARADIGMA DEL DERECHO DE FAMILIA - LEY 136-03]
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(Interés Superior del Menor)
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[RECONOCIMIENTO SOCIAL] [PROTECCIÓN Y CUIDADO] [GARANTÍAS Y EFECTIVIDAD]
* Familias plurales. * Responsabilidad parental. * Alimentos hasta los 21 años.
* Filiación socioafectiva. * Cuidado personal (exGuarda). * Registro de Deudores Morosos.
* Entornos digitales e identidad. * Erradicación castigo físico. * Despenalización de trámites.
Tablero Comparativo: Marco Vigente vs. Propuesta de Reforma
| Aspecto Jurídico | Marco Normativo Vigente (Ley 136-03) | Propuesta de Reforma al Libro Segundo |
| Concepto Institucional | Patria Potestad / Autoridad Parental | Responsabilidad Parental Compartida |
| Custodia de los Hijos | Guarda y Régimen de Visitas Estándar | Cuidado Personal adaptado al Bienestar |
| Límite de Pensión Alimentaria | Hasta los 18 años de edad | Hasta los 21 años (si cursa estudios) |
| Mecanismos de Cobro | Vía ejecutorias y apremio tradicional | Registro Público de Deudores Morosos |
| Determinación de Filiación | Biológica y Adopción Tradicional | Reconocimiento de Filiación Socioafectiva |
| Protección de Entornos | Ámbito físico tradicional | Inclusión de Entornos Digitales y Virtuales |
Alcance sociojurídico de la reforma
La actualización del Libro Segundo persigue desmontar la rigidez procedimental que convierte los procesos judiciales de familia en espacios de alta vulnerabilidad. Al validar el trabajo doméstico y de crianza dentro de la liquidación de la obligación alimentaria y flexibilizar los procesos de filiación, el proyecto busca ofrecer respuestas oportunas a los expedientes acumulados en los tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes de todo el territorio nacional.
«La revisión del Libro Segundo de la Ley 136-03 no es solo un ajuste técnico-legislativo, sino una deuda social con la infancia y la familia dominicana. Adecuar las figuras de la guarda, la filiación y los alimentos a las realidades complejas de hoy permitirá que las decisiones judiciales sean verdaderamente efectivas, oportunas y centradas en la dignidad humana», concluyeron juristas, magistrados y defensores de los derechos de la niñez.
