Transición fiscal: La DGII establece el uso obligatorio de Facturas Electrónicas para Grandes y Medianos Locales a partir de noviembre.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que, a partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes categorizados como Grandes Locales y Medianos deberán emitir de manera exclusiva Facturas Electrónicas utilizando secuencias de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) tipo «E».
Con la entrada en vigencia de esta disposición, sustentada en el artículo 55 del Reglamento núm. 587-24, las secuencias de comprobantes fiscales no electrónicos tipo «B» previamente asignadas a estos segmentos vencerán el 31 de octubre de 2026. Tras cumplirse esa fecha límite, los comprobantes en papel tradicional solo podrán ser utilizados en situaciones de contingencia formalmente declaradas y bajo los protocolos estipulados por el organismo recaudador.
Red de proveedores y calendario para el resto de los contribuyentes
Para facilitar la adopción tecnológica y asegurar el cumplimiento tributario, la DGII desplegó una infraestructura de soporte y fijó los plazos correspondientes para el resto de las categorías comerciales:
- Infraestructura de Proveedores: El ente fiscal informó que existen 190 proveedores de servicios de Facturación Electrónica autorizados a nivel nacional, los cuales ofrecen diversas herramientas tecnológicas para la integración de los sistemas de facturación de las empresas.
- Prórroga para Pymes y No Clasificados: La institución recordó que el plazo otorgado a los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micros y No Clasificados vence el 15 de noviembre de 2026, fecha en la que concluirá la etapa final de implementación del sistema nacional de e-CF.
- Objetivo de Control Fiscal: La medida busca optimizar la eficiencia de los procesos de facturación, fortalecer los mecanismos de auditoría interna y modernizar la administración tributaria del país.
[CALENDARIO DE ADOPCIÓN DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA (DGII)]
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(Implementación de e-CF Tipo «E»)
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[GRANDES Y MEDIANOS LOCALES] [PEQUEÑOS, MICROS Y NO CLASIFICADOS]
* 31 de oct. 2026: Vencimiento de comprobantes tipo «B». * Prórroga de adecuación tecnológica activa.
* 1 de nov. 2026: Emisión obligatoria y exclusiva de e-CF. * 15 de nov. 2026: Límite final de integración.
* Uso de papel restringido a contingencias declaradas. * Red de 190 proveedores autorizados.
Tablero Resumen de la Medida Fiscal
| Criterio | Detalle de la Disposición |
| Órgano Regulador | Dirección General de Impuestos Internos (DGII) |
| Marco Legal | Reglamento núm. 587-24 (Artículo 55 y Capítulo IX) |
| Contribuyentes Alcanzados | Grandes Locales y Medianos |
| Fecha de Entrada en Vigencia | 1 de noviembre de 2026 |
| Vencimiento de Comprobantes «B» | 31 de octubre de 2026 |
| Límite para Pymes / No Clasificados | 15 de noviembre de 2026 |
«El paso a la facturación electrónica obligatoria para los medianos y grandes contribuyentes marca un avance decisivo en la digitalización de la economía dominicana, reduciendo la evasión fiscal y modernizando el ecosistema comercial», destacaron economistas y especialistas en derecho tributario.
