septiembre 21, 2026

Corrupción y justicia: Pepca imputa corrupción, estafa, ciberdelitos y lavado de activos a red del Caso SeNaSa 2.0-A.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la Dirección General de Persecución del Ministerio Público fundamentaron jurídicamente la medida de coerción contra 25 imputados en el Caso SeNaSa 2.0-A, atribuyéndoles la presunta comisión de corrupción administrativa, asociación de malhechores, falsificación, estafa contra el Estado, delitos de alta tecnología y lavado de activos.

Según el órgano persecutor, los encartados —entre los que figuran exservidores públicos, médicos especialistas y particulares— constituyeron una estructura planificada para vulnerar los mecanismos tecnológicos e internos del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), con el propósito de tramitar reclamaciones médicas fraudulentas y obtener desembolsos irregulares con fondos del erario.

Tipificación penal, marco constitucional y convenciones internacionales

La calificación jurídica provisional formulada por los fiscales abarca un espectro normativo multidisciplinario:

  • Violaciones al Código Penal: Invocación de los artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), 147, 148, 150 y 151 (falsificación y uso de documentos falsos en reclamaciones y sellos) y 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano).
  • Mandatos Constitucionales: La Pepca sostiene la acusación en el artículo 146 de la Constitución, que condena la corrupción pública y la sustracción de fondos, y el artículo 147, que exige eficiencia, transparencia y responsabilidad en la prestación de servicios públicos.
  • Ley de Seguridad Social (87-01): Aplicación del artículo 181, literal h), que sanciona a Prestadores de Servicios de Salud (PSS) que actúen como autores o cómplices de diagnósticos o procedimientos quirúrgicos falsos.
  • Ciberdelitos y Lavado de Activos: Infracciones a la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (por acceso ilícito a plataformas y uso indebido de códigos) y a la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos, al transferir e integrar recursos ilícitos para ocultar su origen.
  • Sustento Internacional: La acusación fundamenta su rigor en compromisos internacionales firmados por la República Dominicana, incluyendo la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y la Convención de la ONU contra la Corrupción.
                    [ESQUEMA JURÍDICO - IMPUTACIÓN PEPCA]
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             (Fundamentación en Medida de Coerción SeNaSa 2.0-A)
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[DERECHO PENAL SUSTANTIVO]    [NORMAS ESPECIALES Y DE AT]    [CONSTITUCIÓN Y TRATADOS]
* Asociación de Malhechores.  * Ley 53-07 (Ciberdelitos).    * Art. 146 (Anticorrupción).
* Falsificación de firmas/PSS. * Ley 155-17 (Lavado activos). * Art. 147 (Servicios públicos).
* Estafa agravada (Art. 405). * Ley 87-01 (Seguridad Social).* Convenciones ONU y OEA.

Tablero Resumen de la Ficha Jurídica del Caso

CriterioDetalle de la Calificación Jurídica (Pepca)
Imputados25 personas (Exempleados de SeNaSa, médicos PSS y particulares)
Delitos PrincipalesCorrupción, Asociación de Malhechores, Falsificación, Estafa al Estado
Leyes Especiales InvocadasLey 53-07 (Alta Tecnología), Ley 155-17 (Lavado de Activos), Ley 87-01 (Seguridad Social)
Base ConstitucionalArtículos 146 (Sanción a la corrupción) y 147 (Principios del servicio público)
Mecanismo OperativoUso ilícito de códigos PSS, falsificación de registros y llamadas al call center
Marcos InternacionalesConvención de la ONU contra la Corrupción y Convención Interamericana (OEA)

«Los imputados habrían utilizado sus posiciones y herramientas tecnológicas para desnaturalizar las funciones del sistema de salud y obtener beneficios económicos a costa del Estado», concluyó el Ministerio Público al sustentar la solicitud de medida de coerción.

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