septiembre 4, 2026

Orientación al viajero: DGA precisa cuáles artículos ingresan libres de impuestos y cuáles requieren declaración.

La Dirección General de Aduanas (DGA) mantiene a disposición de los pasajeros el Manual del Viajero, una guía normativa que especifica las reglas para el ingreso de equipajes, dinero en efectivo, regalos y bienes tecnológicos a territorio dominicano.

El marco regulatorio establece que la entrada de artículos personales, medicamentos de uso continuo o dispositivos electrónicos no implica automáticamente el pago de tributos. Sin embargo, existen topes cuantitativos y tipos de mercancías que deben ser notificados obligatoriamente ante la autoridad aduanera o someterse a inspección de otros organismos del Estado.

Clasificación de equipaje y requerimientos aduaneros

El protocolo aduanero diferencia entre el libre ingreso y los controles obligatorios según la naturaleza del bien:

  • Exentos de Declaración: Artículos de uso personal (ropa, calzado y accesorios), computadoras portátiles, teléfonos móviles, aparatos fotográficos y medicamentos acompañados de su receta o para consumo individual.
  • Sujetos a Declaración: Sumas en efectivo o instrumentos monetarios que superen el límite legal fijado para el ingreso de divisas, así como regalos o mercancías comerciales.
  • Restricciones Sanitarias: Alimentos no procesados, plantas, animales o insumos agrícolas requieren la intervención de los ministerios de Salud Pública o Agricultura en las terminales aéreas y marítimas.
                    [MANUAL DEL VIAJERO - ADUANAS RD (DGA)]
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                       (Regulaciones de Entrada al País)
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[MERCANCÍA EXENTA]              [OBLIGACIÓN DE DECLARAR]        [CONTROLES ESPECIALES]
* Equipaje de uso personal.     * Efectivo / Divisas (topes).   * Alimentos no procesados.
* Laptops, celulares, cámaras.  * Regalos / Fines comerciales.  * Plantas, animales o insumos.
* Medicamentos de consumo.      * Volúmenes no habituales.      * Aval de Salud/Agricultura.

Tablero Resumen del Régimen de Equipaje en RD

CriterioNorma Aplicable según la DGA
Entidad ReguladoraDirección General de Aduanas (DGA)
Instrumento NormativoManual del Viajero
Bienes ExentosEfectos de uso personal, dispositivos de comunicación y medicamentos de consumo personal
Bienes ReguladosLímites de efectivo/divisas, obsequios comerciales y volúmenes no habituales
Inspección InterinstitucionalProductos agropecuarios y de origen vegetal/animal (Agricultura / Salud Pública)

«Ingresar con artículos personales no significa que se deban pagar impuestos, pero conocer los límites y presentar la declaración cuando corresponda garantiza un paso fluido y transparente por los puertos y aeropuertos del país», señalan las orientaciones de la DGA.

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