Transición verde: Senado aprueba de urgencia proyecto de ley que restringe el foam y los plásticos de un solo uso.
En una sesión marcada por la celeridad legislativa, el Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que modifica la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos. La iniciativa establece restricciones drásticas a la fabricación e importación de productos de poliestireno expandido (conocido localmente como foam) y utensilios plásticos de un solo uso que no cuenten con una certificación explícita de biodegradabilidad, buscando mitigar el impacto contaminante de estos materiales en los ecosistemas y la salud pública del país.
La pieza legislativa, impulsada por los senadores Ramón Rogelio Genao y Ginnette Bournigal, fue sancionada con una mayoría de 22 votos a favor de los 28 legisladores presentes en el hemiciclo. El avance de la normativa se aceleró luego de que el senador Antonio Marte presentara una moción para liberar el proyecto de los trámites ordinarios de comisión, permitiendo su conocimiento inmediato bajo el procedimiento de urgencia.
Prohibiciones comerciales y alternativas sostenibles
El texto aprobado introduce modificaciones estructurales a la Ley número 225-20 (previamente modificada por la Ley número 98-25). Su objetivo central es vedar la entrada y producción en el mercado nacional de sorbetes, cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas) y envases plásticos o de foam, a menos que los importadores o fabricantes demuestren fehacientemente las propiedades biodegradables de los artículos.
Para evitar el desabastecimiento en el sector comercial y gastronómico, la ley otorga un plazo de adaptación y prevé el fomento de materias primas alternativas de menor impacto ambiental:
- Periodo de gracia: Las restricciones formales entrarán en vigor transcurridos seis meses a partir de la promulgación de la ley.
- Sustitutos autorizados: Se priorizará el uso de empaques y utensilios elaborados a base de papel o cartón reciclado, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y envases reutilizables.
Financiamiento del sistema: Creación de una contribución especial
Como eje complementario para asegurar la viabilidad financiera de la gestión de residuos, la reforma instruye la creación de una contribución especial obligatoria. Este mecanismo impositivo vinculará a las personas jurídicas, instituciones gubernamentales, patrimonios autónomos y cualquier entidad que reporte anualmente sus operaciones ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los montos de este aporte obligatorio se calcularán de manera proporcional sobre los ingresos del ejercicio fiscal correspondiente a cada contribuyente. Los recursos recaudados se destinarán de forma exclusiva a un fondo especializado para mitigar los pasivos ambientales de los vertederos actuales y financiar el desarrollo de un sistema integral de procesamiento de desechos a nivel nacional.
Tablero Operativo de la Reforma de Residuos
| Variable Regulada | Marco Legal Anterior (Ley 225-20) | Nueva Disposición Aprobada | Mecanismo de Control |
| Importación de Utensilios | Comercialización abierta sin criterios de degradación. | Prohibición de sorbetes y cubiertos plásticos ordinarios. | Certificación de biodegradabilidad mandatoria. |
| Envases de Poliestireno | Uso generalizado en comercios y cadenas de alimentos. | Restricción total al foam no degradable en un plazo de 6 meses. | Fiscalización aduanera e industrial. |
| Fondo de Mitigación | Presupuesto centralizado y fondos limitados. | Contribución especial obligatoria basada en ingresos anuales. | Recaudación y cruce de datos mediante la DGII. |
«La sanción bicameral de esta reforma legislativa coloca a la República Dominicana en la línea de las naciones del Caribe que buscan frenar de manera drástica la crisis de contaminación por microplásticos, un problema que afecta de forma directa a las costas y los sistemas de drenaje urbano. La declaratoria de urgencia denota una presión política y social creciente por resolver el destino final de los vertederos a cielo abierto, articulando una solución que combina la prohibición comercial con una penalidad fiscal a las corporaciones para fondear la infraestructura de reciclaje. Sin embargo, el verdadero reto del proyecto no reside en la redacción del texto legal, sino en la capacidad técnica del Estado para certificar con rigor científico qué materiales son verdaderamente biodegradables en un plazo de seis meses, evitando que la burocracia aduanera o el contrabando de insumos plásticos neutralicen los efectos de la ley en el mercado minorista», puntualizaron los analistas de políticas ambientales y expertos en derecho administrativo en el Congreso.
