marzo 13, 2026

Salud Pública delimita ejercicio del Dr. Fadul tras inspección por atención a niños con autismo.

El Ministerio de Salud Pública ha hecho públicos los resultados de la verificación técnica realizada al consultorio del Dr. José Ernesto Fadul Fadul, ubicado en el Instituto Materno Infantil San Martín de Porres en Santiago. La inspección se produce como respuesta institucional a las recientes denuncias presentadas por la periodista de investigación Nuria Piera, relacionadas con el abordaje de pacientes pediátricos con trastorno del espectro autista (TEA).

Tras una serie de visitas técnicas y auditorías de expedientes, la autoridad sanitaria ha emitido un informe que, si bien reconoce la vigencia de la licencia del galeno como internista, impone estrictas limitaciones a su alcance profesional.


Verificación de Habilitación

El equipo técnico, compuesto por la Dirección de Habilitación y el Viceministerio de Garantía de la Calidad, constató el estatus legal del profesional:

  • Estatus Actual: El Dr. Fadul figura como médico internista en el dosier de habilitación del Instituto Materno Infantil (Código A013862), con una licencia vigente hasta el año 2030.
  • Centro de Especialidades: En el Centro de Medicina Avanzada San Martín de Porres (Código A05775), se encuentra en proceso de renovación de habilitación bajo la misma especialidad.
  • Nueva Exigencia: Las autoridades han instado al profesional a gestionar una licencia de habilitación independiente para su consultorio, conforme al Reglamento No. 1138-03.

Delimitación del alcance profesional

El hallazgo más significativo del informe técnico establece que la atención a menores de edad no puede realizarse de forma aislada por un médico de adultos. Salud Pública fue enfática en los siguientes puntos:

  1. Manejo Multidisciplinario: Se instruyó que los casos pediátricos deben ser manejados bajo coordinación formal con especialistas en pediatría, psicología, neurología y psiquiatría.
  2. Sistema de Interconsultas: El abordaje de niños con autismo debe ajustarse al sistema de interconsultas para garantizar la seguridad del paciente.
  3. Cumplimiento de Protocolos: El Ministerio recordó que existe un protocolo oficial obligatorio para la atención de personas con TEA, el cual debe ser aplicado estrictamente por cualquier prestador de salud.
Especialidad RequeridaFunción en el Abordaje Integral
PediatríaSeguimiento del desarrollo físico y salud general.
Neurología PediátricaEvaluación de funciones neurológicas y desarrollo cerebral.
Psicología / PsiquiatríaManejo conductual, emocional y diagnóstico especializado.

Inspección de DIGEMAPS y posibles sanciones

El pasado 6 de marzo de 2026, la Dirección de Vigilancia Sanitaria (DIGEMAPS) realizó una inspección adicional para evaluar otros aspectos del ejercicio del Dr. Fadul.

  • Investigación de Productos: Actualmente se están consolidando hallazgos de laboratorio para verificar si existen irregularidades vinculadas a la introducción o circulación de productos regulados al margen de la ley.
  • Consecuencias Legales: De confirmarse infracciones a la Ley General de Salud No. 42-01 o al Decreto No. 246-06, Salud Pública procederá con las sanciones legales correspondientes, que podrían incluir desde multas hasta la suspensión de licencias.

Compromiso con la Calidad

El Ministerio de Salud Pública reiteró que mantendrá las labores de supervisión y acompañamiento para asegurar que todos los prestadores de servicios de salud cumplan con los estándares regulatorios. El objetivo final es garantizar una atención segura, ética y basada en evidencias clínicas para la población más vulnerable: los niños y adolescentes del país.

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