mayo 19, 2026

Victoria judicial: La Audiencia Nacional española ordena a Hacienda devolver más de 60 millones de euros a Shakira.

GRAFCAT6503. BARCELONA, 20/11/2023.- La cantante Shakira a su llegada a la Audiencia de Barcelona el 20 de noviembre de 2023. EFE/Enric Fontcuberta

Tras una intensa batalla legal que se ha extendido por más de ocho años, la cantante colombiana Shakira obtuvo un triunfo jurídico trascendental frente a las autoridades fiscales de España. La Audiencia Nacional falló a favor de la intérprete de Hips Don’t Lie, anulando las liquidaciones y multas correspondientes al ejercicio fiscal del año 2011, lo que obliga a la Agencia Tributaria a devolverle una suma que supera los 60 millones de euros (unos 70 millones de dólares) al incluir los intereses acumulados y las costas del proceso.

El tribunal determinó de forma concluyente que la administración española no logró demostrar que la artista residió en territorio nacional más de 183 días durante el 2011, el requisito legal indispensable exigido por la normativa para ser considerada residente fiscal y quedar sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto sobre el Patrimonio.


Desmontando la presunción de Hacienda

El núcleo de la disputa administrativa, que originalmente rondaba los 54.7 millones de euros, se centraba en el año en que la barranquillera inició su relación sentimental con el ahora exfutbolista del FC Barcelona, Gerard Piqué. La Agencia Tributaria argumentó en su momento que la cantante ya desarrollaba su vida personal y parte de su actividad económica en el país mediterráneo, rastreando sus gastos, apariciones públicas y publicaciones en redes sociales.

Sin embargo, el tribunal desestimó las suposiciones de la inspección fiscal al constatar que la defensa de la artista probó que su vida profesional transcurrió principalmente en el extranjero. Durante el 2011, Shakira se encontraba inmersa en una ambiciosa gira mundial de 120 conciertos que abarcó 37 países, imposibilitando que cumpliera la mitad del año natural en suelo español. De hecho, la resolución judicial puntualiza que Hacienda apenas pudo documentar un máximo de 163 días de estancia de la artista en el país.


Un precedente para figuras globales

El fallo, dado a conocer este lunes 18 de mayo de 2026, ha reavivado con fuerza el debate internacional sobre los ambiguos criterios que utilizan los Estados para fiscalizar a artistas, empresarios y personalidades de perfil global cuyos movimientos geográficos constantes dificultan establecer con exactitud su principal centro de intereses económicos.

«Nunca hubo fraude, y la propia Administración nunca pudo demostrar lo contrario, sencillamente, porque no era cierto. Mi mayor deseo es que este fallo siente un precedente para Hacienda y sirva a los miles de ciudadanos anónimos que cada día son abusados por un sistema que presume su culpabilidad», manifestó la artista a través de un comunicado emitido por su agencia de comunicación.


El panorama de sus cuentas pendientes

A pesar de la contundencia de la sentencia de la Audiencia Nacional, la Agencia Tributaria española ya adelantó que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que los desembolsos millonarios permanecerán congelados hasta que se dicte un dictamen definitivo.

Fuentes jurídicas recordaron que este proceso discurre exclusivamente por la vía administrativa y no interfiere con los antecedentes de la artista, quien en 2024 aceptó un acuerdo de conformidad por los ejercicios fiscales de 2012 a 2014. Asimismo, la resolución llega apenas semanas después de que un juzgado de Barcelona archivara de forma definitiva la segunda causa penal que pesaba sobre ella por presunto fraude en 2018, dejando a la colombiana prácticamente libre de litigios penales en España en este mayo de 2026.


Resumen del Fallo de la Audiencia Nacional (Mayo 2026)

Concepto TécnicoDetalle del Caso Resuelto
Ejercicio Fiscal EvaluadoAño 2011 (Vía Administrativa).
Monto a DevolverMás de 60 millones de euros (54.7M originales + 9.2M de intereses y costas).
Criterio Legal IncumplidoHacienda no probó una estancia superior a los 183 días (Solo acreditó 163 días).
Argumento de la DefensaGira mundial de 120 conciertos en 37 países durante ese período.
Siguiente InstanciaApelación de la Agencia Tributaria ante el Tribunal Supremo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Copyright © Todos los derechos reservados. | Newsphere por AF themes.