abril 11, 2026

Deber filial por ley: Proyecto obligaría a hijos a mantener a padres en estado de indigencia.

En un esfuerzo por abordar la desprotección de los adultos mayores en la República Dominicana, el diputado Carlos de Pérez (Fuerza del Pueblo) presentó este sábado una propuesta de ley orgánica sobre pensión alimenticia. El proyecto introduce una figura jurídica sin precedentes en el país: la obligación legal de los hijos de asistir económicamente a sus padres cuando estos se encuentren en condiciones de vulnerabilidad o indigencia extrema.

La iniciativa, que ya genera intensos debates en los pasillos del Congreso, no solo regula la asistencia económica, sino que incorpora sanciones penales para aquellos hijos que, teniendo los medios, se retrasen o incumplan con el pago de la pensión a sus ascendientes.


El Artículo 8: Alimentos a ascendientes

El núcleo de la propuesta se encuentra en su artículo ocho, el cual establece que la responsabilidad de cuidado es una vía de doble sentido. Si bien el sistema actual protege el derecho del menor a recibir alimentos, esta ley busca cerrar el ciclo de vida exigiendo que los hijos devuelvan el apoyo a sus progenitores en su etapa de mayor fragilidad.

Excepciones de «Dignidad y Justicia»:

El proyecto de ley es enfático en que esta obligación no es absoluta. La pensión podrá ser revocada o denegada si se demuestra judicialmente que:

  • El padre o madre abandonó al hijo durante su minoría de edad.
  • Existió maltrato grave debidamente documentado.
  • El progenitor no cumplió voluntariamente con su responsabilidad de reconocer o mantener al hijo en la infancia.

ADN y Verificación de Vínculos

Para evitar reclamos fraudulentos o injustos, el artículo 11 otorga al tribunal la facultad de ordenar pruebas biológicas de ADN. Estas podrán ser solicitadas de oficio por el juez o por el hijo que alegue la inexistencia del vínculo de filiación, garantizando así la rigurosidad científica del proceso antes de imponer una carga económica.

«Buscamos una ley integral que proteja la dignidad humana en la vejez, pero que también sea justa con aquellos hijos que no recibieron el mismo trato de sus padres en el pasado», explicó el legislador por La Romana.


Marco de Aplicación y Sanciones (Abril 2026)

ConceptoDetalle del ProyectoConsecuencia Legal
Sujeto ObligadoHijos mayores de edad con capacidad económica.Orden judicial de pago mensual.
Condición del PadreVulnerabilidad, enfermedad o indigencia.Evaluación socioeconómica obligatoria.
Prueba BiológicaADN obligatorio en caso de duda.Determinación técnica del parentesco.
IncumplimientoRetraso injustificado en las cuotas.Sanción penal y medidas de apremio.

Impacto Social y Desafíos Legislativos

De aprobarse, esta ley orgánica transformaría la dinámica del derecho de familia en el país. Sus defensores argumentan que aliviaría la carga del Estado en materia de asistencia social, mientras que sus detractores señalan que la situación económica de muchos jóvenes dominicanos dificulta asumir gastos adicionales.

El proyecto pasará ahora a estudio de comisión, donde se evaluarán los topes de las pensiones y los protocolos de mediación familiar. Con esta propuesta, el abril de 2026 marca el inicio de una conversación nacional sobre la responsabilidad ética y legal del cuidado de nuestros mayores.

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